De acuerdo al Decreto número 24805/LX/13 del H. Congreso del Estado de Jalisco, publicado el día 24 de Diciembre del 2013 de la Ley que crea el Organismo Descentralizado del Poder Ejecutivo denominado Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, se establece el mandato de crear una Comisión Tarifaria por lo que deja sin efectos Jurídicos al Consejo Tarifario.
Con base en lo anterior, la Comisión Tarifaria se instaló en el mes de agosto de 2014.
Es un Órgano Colegiado Integrado por Entidades Públicas y Asociaciones u Organismos Ciudadanos, constituido según lo dispuesto por la Ley del Agua del Estado de Jalisco y sus Municipios y la Ley que crea al SIAPA, con el propósito de realizar los estudios, para la formulación y determinación de las cuotas y tarifas de agua Potable y Alcantarillado, en base al costo real de los servicios que presta este Organismo Operador.
¿Qué funciones y facultades tiene?
- Diseñar o actualizar, las cuotas y tarifas, observando en todo momento el impacto en la economía de los usuarios así como en el aumento de los precios de los bienes y servicios, de conformidad con las bases generales que establece el artículo 101 Bis de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios;
- Verificar que las cuotas y tarifas propuestas sean suficientes para cubrir los costos derivados de la operación, mantenimiento, sustitución, rehabilitación, mejoras y administración de los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales;
- Solicitar a la Comisión Estatal del Agua, al Municipio o al Organismo Operador la información y asesoría que requieran, para realizar el análisis o revisión de la estructura tarifaria;
- Determinar las cuotas y tarifas a más tardar el 30 de septiembre del año inmediato anterior a su vigencia; y, presentarlas al Organismo para su publicación y aplicación correspondiente;
- Proponer las políticas públicas para la mejor aplicación de las tarifas a los usuarios, de acuerdo a los consumos, características y usos de los predios;
- Proponer las políticas y lineamientos para la aplicación de subsidios en las tarifas; así como promover acciones efecto de promover y hacer efectivo el derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos;
- Hacer propuestas para la formulación, modificación y aprobación de los sistemas de cobranza y manejo de los fondos;
- Designar al Representante que desempeñará la función de Secretario Técnico; y
- Las demás que establezca la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios, su reglamento y los reglamentos municipales.
¿Cómo y cuándo sesiona?
La Comisión Tarifaria sesiona cuantas veces sea necesario; su Presidente emite convocatoria por escrito, por lo menos con 48 horas de anticipación y, en caso de que hayan transcurrido más de tres meses, sin que éste haya convocado a asamblea, podrán hacerlo dos sus integrantes
La autorización de la propuesta de cuotas y tarifas, requiere del voto de dos terceras partes de los miembros la Comisión, exceptuando ésta; las decisiones serán tomadas por mayoría simple.
El Presidente tendrá derecho a voto únicamente en caso de empate.
Para que la Comisión Tarifaria pueda sesionar válidamente, se requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y que sean mayoría los representantes de Asociaciones u Organismos Ciudadanos y, que esté presente el Presidente o el Secretario Técnico.
Si en la primera convocatoria no se reúne el quórum legal, el Presidente emitirá una segunda convocatoria, por lo menos con veinticuatro horas de anticipación.
En segunda convocatoria la Comisión sesionará válidamente con los representantes que asistan; siempre y cuando Asociaciones u Organismos Ciudadanos sean mayoría y esté presente el Presidente o el Secretario Técnico.
De cada Sesión de la Comisión Tarifaria se levantará acta por duplicado, en la que se hará constar además, del registro de firmas de los representantes participantes, los acuerdos tomados por dicha Comisión, documento que será puesto a consideración para su aprobación en la sesión inmediata posterior.
Las actas permanecerán bajo el cuidado y custodia del Presidente de la Comisión Tarifaria, quien deberá ponerlas a la vista de los Integrantes o reproducir en copias simples cuando estos así lo soliciten.
Los miembros que lo integran son un Presidente y diecinueve Representantes.
Los integrantes de la Comisión ejercerán sus funciones de manera honoraria, por lo que no tendrán derecho a recibir emolumentos.
Los representantes de las Entidades Públicas, serán renovados o ratificados en el mes de octubre cada tres años.
Los representantes de las Asociaciones de Vecinos de los municipios de Guadalajara, Zapopan, San Pedro Tlaquepaque y Tonalá, serán renovados en el mes de enero de cada año.