Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo

I. La obligatoria para todos los sujetos obligados: 

La obligatoria para el SIAPA, (Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado) y el Gobierno del Estado de Jalisco, información fundamental de conformidad a los artículos 8 y 10 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, podrá consultar la liga electrónica siguiente:

II. Los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas expedidas por el Gobernador del Estado;

La información de éste rubro no la genera el SIAPA, le corresponde a la Secretaría General de Gobierno; toda vez el artículo 17 punto 1 fracciones III, IV y V de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la facultan para refrendar, publicar y divulgar  las leyes, reglamentos y decretos. Así mismo el artículo 19 del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno señala a la Dirección de estudios Legislativos y Acuerdos Gubernamentales como la responsable de generar la información.
 
Sin embargo usted, encontrará también la información fundamental que le aplica a este sujeto obligado de conformidad del decreto número 24805/LX/13, publicado el día 24 de diciembre de 2013 donde se crea el Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo denominado Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.
 
Por lo que se pone a su disposición los documentos donde podrá consultar dicha información: 
 
 

Aplica a este Sujeto Obligado la siguiente normatividad:

a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal;
b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México;
c) Las leyes federales y estatales;
d) Los reglamentos federales, estatales y municipales, y
e) Los decretos, acuerdos y demás normas jurídicas generales;

III. Los instrumentos de planeación del desarrollo del Estado y los regionales vigentes y sus modificaciones de cuando menos los últimos tres años;

 La publicación y actualización de la información está a cargo de la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana; toda vez que el artículo 29 punto 1 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y artículo 5 de la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios, facultan a dicha dependencia para coordinar la formulación, control y evaluación del plan estatal de desarrollo.
 
En ese sentido, se pone a su disposición los documentos donde podrá consultar y descargar los Planes estatales de desarrollo  a los que hace referencia esta fracción.
 
Ahora bien, los “Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información”, establecen que la información debe actualizarse cuando se decrete el plan respectivo cada seis años, o bien, en caso de que se lleven a cabo modificaciones. 
 
Con base en lo anterior, es oportuno precisar que a partir de la presente administración el plan estatal desarrollo y los regionales se sustituyen por el Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo de Jalisco  de conformidad con lo establecido en  la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios .
 

Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo de Jalisco 2018-2024

Historico:

 

Aplica a este Sujeto Obligado los siguientes instrumentos de planeación del desarrollo:

a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado;
b) Los apartados de los programas federales;
c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo;
d) Los programas estatales;
e) Los programas regionales, y
f) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores;

 IV. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales de toda dependencia o entidad pública estatal vigentes y de cuando menos los tres años anteriores;

GOBIERNO DE JALISCO:

La publicación de la información correspondiente a esta fracción podrá consultarla dentro de la información fundamental de este organismo por lo que se pone a su disposición los hipervínculos en la que podrá consultar la información. 
 

SIAPA: 

 V. Las observaciones presentadas a las leyes o decretos del Congreso, una vez que son turnadas por la Asamblea a las comisiones correspondientes;

La publicación y actualización de la información está a cargo de la Consejería Jurídica; ello es así, toda vez el artículo 33 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, autoriza al titular del Poder Ejecutivo a realizar las observaciones que considere conveniente a los proyectos de leyes y decretos aprobados por el Congreso del Estado, ahora bien, el artículo 44 punto 1, fracciones XI y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, faculta a la Consejería Jurídica a asistir jurídicamente al Gobernador, en todos aquellos asuntos que ponga a su consideración, así como proporcionar los servicios jurídicos no encomendados por ley a otras dependencias o entidades de la Administración Pública Estatal. En ese sentido, se pone a su disposición los documentos donde podrá consultar dicha información.
 

 

 VI. El Periódico Oficial "El Estado de Jalisco";

La información de éste rubro no la genera el SIAPA, le corresponde al Poder Legislativo y en su caso al Gobierno del Estado, proporcionada por la Secretaría General de Gobierno, con fundamento en sus atribuciones establecidas en el artículo  17 punto 1 fracción XXI  de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, establece que la Secretaría General de Gobierno es la encargada de Administrar el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.
 
Con base en lo anterior se pone a su disposición los hipervínculos en la que podrá consultar la información.
 

VII. La información de los registros públicos que opere, sin afectar la información confidencial contenida;

La información de éste rubro, no aplica a este Sujeto obligado por no generarla. Le corresponde al  Poder Ejecutivo concentrar a los registros públicos en la Secretaría General de Gobierno y la Contraloría del Estado de Jalisco, con fundamento en el artículo 17 punto 1 fracciones XVI, XVII y XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, establecen que la Secretaría General de Gobierno es la encargada de administrar el Registro Civil del Estado, Registro Público de la Propiedad y Registro de Profesionistas, mientras que la Contraría se encarga de administrar el Registro Estatal de Inhabilitados de conformidad con  el artículo 12 fracción IV del Reglamento Interior de la Contraloría del Estado de Jalisco.
 
Con base en lo anterior se pone a su disposición los hipervínculos en la que podrá consultar la información.

VIII. Las transferencias presupuestales autorizadas por el Gobernador del Estado, donde se señale como mínimo, las partidas de origen y destino, el monto, la fecha y la justificación de la transferencia;

La información de éste rubro no la genera el SIAPA, le corresponde a la Secretaría de la Hacienda Pública; toda vez que en el artículo 18 punto 1 fracciones XIX y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, establece que dicha secretaría tiene atribuciones para efectuar las transferencias de subsidios, apoyos y subvenciones a los organismos y entidades del sector paraestatal, organismos autónomos y poderes del Estado, así como, realizar las transferencias de recursos de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal de participaciones y aportaciones a los municipios del Estado.

Sin embargo usted, encontrará también la información fundamental que le aplica a este sujeto obligado de conformidad del decreto número 24805/LX/13, publicado el día 24 de diciembre de 2013 donde se crea el Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo denominado Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

Con base en lo anterior se pone a su disposición los hipervínculos en la que podrá consultar la información.
 

IX. Los recursos materiales, humanos y financieros asignados a cada dependencia y entidad de la administración pública estatal, detallando los correspondientes a cada unidad administrativa al interior de las mismas;

La publicación y actualización de la información correspondiente a esta fracción podrá consultarla dentro de la información fundamental de esta dependencia en las siguientes fracciones:
 
Tipo de Información      Ubicación en el artículo
Recursos materiales      Artículo 8 fracción V, inciso r)
Recursos humanos        Artículo 8 fracción V, inciso e)
Recursos financieros     Artículo 8 fracción V, inciso a), b), g) y f)
 

X. La lista de los servidores públicos del Poder Ejecutivo que no hayan presentado su declaración de situación patrimonial, conforme a la ley;

La información de éste rubro, no aplica al SIAPA por no generarla. Le corresponde al Gobierno del Estado, concentrar la información relacionada a la lista de los servidores públicos que no hayan presentado su declaración patrimonial en la Contraloría del Estado con fundamento en sus atribuciones establecidas en el artículo 50, numeral 1 fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco. 
 
Con base en lo anterior se pone a su disposición los hipervínculos en la que podrá consultar la información.
 

XI. Las estadísticas e indicadores relativos a la procuración de justicia; 

La información de éste rubro, no aplica al SIAPA por no generarla. Le corresponde a la Fiscalía Estatal, toda vez que los artículos 36 y 38 fracciones VI, VII, VIII, IX y X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Jalisco, establecen que dicha dependencia es la responsable de la procuración de justicia.
 
Con base en lo anterior, lo remitimos al siguiente hipervínculo en la que podrá consultar la información.
 

XII. El informe de los procedimientos administrativos de responsabilidad de los notarios en los que participe, una vez que hayan sido publicados en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco";

XIII. El procedimiento para el otorgamiento de becas e incorporación de estudios en el ámbito estatal, así como el listado de resultados; y

El Poder Ejecutivo concentra la información de las becas mediante las dependencias que regulan al sistema educativo en el estado, información que puede ser consultada a través del siguiente vínculo de la Secretaría de Educación Jalisco.

XIV.La información relativa a la implementación del Presupuesto Participativo desde su planeación hasta su ejecución; y

XV. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Estatal.